El Banco de España es responsable de los Registros Oficiales de Entidades de Crédito, y de otros auxiliares financieros que están bajo su competencia.
Ninguna persona física o jurídica, nacional o extranjera, podrá ejercer en territorio español las actividades propias de las entidades de crédito o utilizar las denominaciones genéricas propias de éstas u otras, que puedan inducir a confusión; sin haber obtenido la preceptiva autorización y hallarse inscrita en los Registros Oficiales de Entidades de Crédito.
En caso de duda sobre cualquier entidad de crédito u otro auxiliar financiero que ofrezca sus productos en España, puede comprobar si se encuentra inscrita en las listas que el Banco de España ofrece en: Registros Oficiales de Entidades.
Aviso al público sobre el ejercicio de actividades bancarias en España