La política monetaria de la zona euro, cuyo objetivo principal es mantener la estabilidad de precios, es definida en el Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo, un órgano colegiado en el que participa el Gobernador del Banco de España. Además, el Banco de España, como los demás bancos centrales nacionales de la zona del euro, ejecuta en su territorio esa política monetaria común.
Asimismo, el Banco participa -a través de su presencia en los comités del Eurosistema- en la elaboración de estudios analíticos y técnicos que sirven de base a las decisiones que adopta el Consejo de Gobierno.
Los billetes en euros son emitidos tanto por el BCE como por los bancos centrales nacionales que integran el Eurosistema, si bien la puesta en circulación propiamente dicha es realizada exclusivamente por estos últimos.
La emisión de las monedas denominadas en euros corresponde a los Estados miembros. El Banco de España es el responsable de poner en circulación la moneda metálica en España y de desempeñar, por cuenta del Estado, las demás funciones que se le encomienden respecto a ella, si bien el volumen de emisión anual es aprobado por el BCE.
El Gobernador del Banco de España es miembro del principal órgano decisorio del Banco Central Europeo, el Consejo de Gobierno, así como del Consejo General, un órgano consultivo y de coordinación que integra también a los Gobernadores de los Estados miembros de la UE que no forman parte de la zona del euro.
Además, numerosos técnicos y especialistas del Banco de España participan en los diversos comités y grupos de trabajo del Sistema Europeo de Bancos Centrales en los que se realizan estudios y se elaboran propuestas relacionadas con el ejercicio de la política monetaria única y con el resto de las funciones encomendadas al SEBC.
El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) está compuesto por el BCE y los Bancos Centrales Nacionales de los Estados miembros. El BCE ha sido creado con arreglo a lo previsto en el Tratado Constitutivo de la Comunidad y tiene personalidad jurídica propia. Su cometido es garantizar que se cumplan las funciones encomendadas al SEBC, ya sea mediante sus propias actividades, ya sea por medio de los bancos centrales nacionales.
Aunque el Tratado Constitutivo dispone la creación del SEBC, no le otorga personalidad jurídica. El término "Eurosistema" no se utiliza en el Tratado Constitutivo de la Comunidad y ha sido acuñado para referirse al BCE y a los doce Bancos Centrales Nacionales de los Estados miembros que han adoptado el euro como moneda única. Esta distinción entre SEBC y Eurosistema será necesaria mientras algunos Estados miembros de la UE no hayan adoptado el euro.
Son los mercados de cambios los que determinan la cotización del
euro respecto al dólar y al resto de las monedas. Los tipos de cambio
oficiales del euro se publican diariamente en las página web del
Banco de España (sección Tipos
de cambio), donde se difunden
también los cambios diarios de los dos últimos meses y los
relativos al último día de cada mes. Desde ese apartado, se
puede acceder a la página de Internet del Banco Central Europeo
para
conocer los cambios fijados por el BCE para el día de la consulta,
a partir de las 15:00 horas de los días que haya mercado en Fráncfort.
Además, en la web del Banco Central Europeo
(apartado
Statistics/ Euroarea statistics/ Download section-chapter 10: Exchange
rates) existe un procedimiento para descargar un fichero CSV con la información de los tipos de cambio diarios. Los datos vienen referidos a las
columnas correspondientes al cuadro y figuran, además, los datos
mensuales, que pueden servir para identificar con precisión la moneda
a que se refieren.
También se puede encontrar información histórica de los tipos de cambio referida a datos medios mensuales en el cuadro 19.1 del Boletín Estadístico del Banco de España. Estos datos se publican al acabar el mes correspondiente, es decir, en los primeros días del mes siguiente al que se refieren.
