La Ley de Autonomía del Banco de España (1994) configura a éste como un ente de la Administración del Estado de naturaleza especial y le asigna las siguientes funciones:
Además, como miembro del Sistema Europeo de Bancos Centrales, el Banco de España participa en el desarrollo de las siguientes funciones atribuidas al mismo:
Mas información en la sección de Información general:Funciones.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, dicha Institución es una entidad de Derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actuará con autonomía respecto a la Administración General del Estado en el desempeño sus funciones, con arreglo a lo previsto en el ordenamiento jurídico.
Exceptuando los casos en que actúe en el ejercicio de las potestades administrativas que le confiere la ley, el Banco de España está sometido al ordenamiento jurídico-privado.
Además, la Ley de Autonomía establece que el Banco de España es parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y, como tal, está sometido a las disposiciones del Tratado de la Comunidad Europea y a los Estatutos del SEBC. Así, en el ejercicio de las funciones que se derivan de su condición de parte integrante del SEBC, el Banco de España se ajusta a las orientaciones e instrucciones del Banco Central Europeo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la citada Ley de Autonomía, en el ejercicio de las funciones en las que el Banco de España participa como integrante del SEBC, ni el Gobierno, ni ningún otro órgano nacional o comunitario podrán dar instrucciones al Banco de España ni éste podrá recabarlas o aceptarlas. Este artículo recoge el contenido del artículo 108 de Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Mas información en la sección de Información general: Breve historia.
Desde enero de 2005, la red de sucursales del Banco de España está integrada por 22 delegaciones. De ellas, 17 funcionan con operativa plena (ofrecen servicios al público y a las entidades de crédito): Alicante, Badajoz, Barcelona, Bilbao, Ceuta, A Coruña, Las Palmas, Málaga, Melilla, Murcia, Oviedo, Palma de Mallorca, Sevilla, Tenerife, Valencia, Valladolid y Zaragoza. Las otras 5 mantienen una operativa restringida y solo ofrecen servicios al público: Logroño, Pamplona, San Sebastián, Santander y Toledo.
Los beneficios del Banco de España en el ejercicio 2003 ascendieron a 1.947,47 millones de euros. Este resultado se debe principalmente a los ingresos por intereses devengados por los principales activos del Banco y a las ganancias procedentes de operaciones financieras (sobre todo, debidas a plusvalías en la venta de divisas y compraventa de valores extranjeros). Estos beneficios se ingresan, íntegramente, al Tesoro.
Más información en la sección de Informes y publicaciones: Informe anual
El Banco de España posee 9,05 millones de onzas troy, que se encuentran
depositadas en sus propias cámaras acorazadas y en diferentes entidades
de Londres y Nueva York. El valor de las citadas reservas era a 31 de diciembre
de 2007 de 5.145 millones de euros. La cuantía, en millones de onzas
troy, y el valor, en millones de euros, del "Oro monetario" que
forma parte de las reservas internacionales de España gestionadas
por el Banco de España, se publica en el cuadro "Inversiones
de España en el exterior: Reservas Internacionales"
(41,3 KB) del capítulo 17 del Boletín Estadístico del Banco de España.
