Tanto en Madrid, en el Edificio del Banco de España en Alcalá 48, como en las sucursales, se puede realizar el cambio de pesetas por euros, entre las 8:30 y las 14:00 horas de lunes a viernes.
El Banco de España, con el fin de atender a sus necesidades de gestión administrativa y contable de las existencias y operaciones de efectivo, así como, en su caso, las que se deriven de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales, podrá exigir que el interesado se identifique mediante la exhibición de su DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
Esta exigencia se producirá, en todo caso, si la cantidad a cambiar excede de los 3.000 euros. (R.D. 54/2005, de 21 de enero, que modifica el R.D. 925/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales).
El período de conversión de billetes y monedas en pesetas por euros en el Banco de España es ilimitado.